Servicio de transporte escolar

 

Regulado por O.F. 35/2022, de 11 de mayo, del Consejero de Educación para el alumnado residente en la Comunidad Foral de Navarra.
El alumnado que utilice este transporte se compromete a .......

ALUMNADO CON DERECHO A TRANSPORTE COLECTIVO:

● Alumnado de Ciclos de Grado Básico que, en el año natural del inicio del curso, con carácter general cumpla 18 años o menos.
● Alumnado de Ciclos de Grado Medio que en el año natural del inicio del curso, con carácter general cumpla 18 años o menos.
(*) Si se ha solicitado en la inscripción con carácter preferente el centro público más próximo a la localidad de residencia.

ALUMNADO CON DERECHO A AYUDA INDIVIDUALIZADA (solicitud en septiembre):

● Alumnado con derecho a transporte colectivo, que resida en localidades navarras no incluidas en las rutas, hasta la parada más próxima (*)
● Alumnado de Ciclos de Grado Medio que en el año natural de inicio de curso cumpla 18 años o menos con turno de tarde.

(*) Si se ha solicitado en la inscripción con carácter preferente el centro público más próximo a la localidad de residencia.

ALUMNADO SIN DERECHO A TRANSPORTE ESCOLAR NI  AYUDA
EL resto del alumnado matriculado en el centro, y en particular el de Ciclos de Grado Superior, NO tiene derecho de uso de transporte colectivo ni derecho a ayuda 
individualizada.Tendría que solicitar, en su caso, BECA
Consultar servicio público de autobuses de linea.


¿Tienes dudas?

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LOCALIDADES (hora de salida)